La Convención del Patrimonio Mundial

La Convención de 1972 para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural establece que ciertos lugares de la Tierra con un “Valor Universal Excepcional” pertenecen al patrimonio común de la humanidad.

Desde su creación en 1965, ICOMOS es el órgano asesor del Comité del Patrimonio Mundial para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial de la UNESCO. Como tal, examina las candidaturas de los bienes culturales y asegura, con su supervisión, el estado de conservación de los bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial.

El Valor Universal Excepcional (VUE):

Según las Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial, Valor Universal Excepcional significa «una importancia cultural y/o natural tan extraordinaria que trasciende las fronteras nacionales y cobra importancia para las generaciones presentes y venideras de toda la humanidad.» Por ello, la conservación de este patrimonio es de gran importancia para el conjunto de la comunidad internacional.

Entre otros criterios, se considera que un bien posee VUE si cumple requisitos como representar un intercambio de valores humanos considerable, aportar un testimonio único sobre una tradición cultural o ser un ejemplo eminentemente representativo de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico o tecnológico.

Patrimonio Mundial en España:

Con 48 bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO, España es el tercer país del mundo con mayor número de bienes declarados.

Biblioteca y recursos:

Visita nuestra sección Biblioteca y recursos para descargar documentación relevante en relación con la Convención del Patrimonio Mundial.

Sitios declarados en España